02 mayo 2009

REGLAMENTO PARA PARTICIPAR EN LAS ELECCIONES MUNICPALES Y REGIONALES

REGLAMENTO DIRECTIVA 015-09-CON/PNP
INTRODUCCIÓN
Luego de emitida y distribuida la Directiva 015 - 09 la cual establece la
participación del Partido Nacionalista Peruano en las elecciones regionales y
municipales, la Comisión Política del Partido Nacionalista Peruano, pone a
disposición de las bases del país la reglamentación respectiva que detalla los
alcances de dicho documento.


DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1. El objetivo político principal del Partido es ganar las elecciones generales
del 2011, todos los otros objetivos se subordinan a este.
Art. 2 Nuestro partido estará en campaña nacional durante el proceso de
elecciones regionales y municipales.
Art. 3. El PNP busca abrir su espacio político de alianzas electorales y estratégicas
a todas las fuerzas políticas locales, regionales y nacionales que compartan
los lineamientos fundamentales de la Gran Transformación.
Art. 4. Es tarea de todo militante y dirigente nacionalista evitar que la derecha y
sus aliados nos aíslen.
Art. 5. El presente reglamento no es aplicable para Lima Metropolitana .


CAPITULO I
DE LAS ALIANZAS CON MOVIMIENTOS REGIONALES
Art. 6. Las comisiones provisionales regionales
designarán a
3
compatriotas
quienes
se convertiran en las COMISIONES REGIONALES NEGOCIADORAS
(CRN)
estas iniciaran un acercamiento y posterior diálogo con movimientos
políticos regionales que muestren un acercamiento programático y apoyen la
candidatura de 011anta Humala a la Presidencia de la República, además enviaran
informes de dichas acciones a la Comisión Política del PNP donde deberán
detallar la situación legal de dichas organizaciones políticas, datos de los
principales líderes y programa.
Art. 7. La Comisión Política del PNP realizara un análisis de la información enviada
por la CRN y coordinara con esta para fortalecer los primeros encuentros con la
dirigencia de dichos movimientos regionales


Art. 8. Para consolidar la alianza se requerirá, por lo menos, llegar a un acuerdo
con una organización política regional, inscrita legalmente. Se propenderá,
también, a incorporar a organizaciones políticas provinciales y distritales que
acepten ir con el símbolo de la alianza regional para apoyar la campaña
Presidencial de 011anta Humala.
Art. 9. Para poder participar como alianza política electoral se debe propender a
la concurrencia de organizaciones sociales y/o sus representantes.
Art.10. Los aliados se comprometen a colaborar económicamente en forma
proporcional con la campaña regional y municipal de igual forma poner a
disposición los locales partidarios y recursos que dispusiesen.


CAPITULO II

DE LA PARTICIPACIÓN DE ORGANIZACIONES SOCIALES, INTELECTUALES
Y PERSONALIDADES
Art. 11. La CNR debera de cumplir los mismos requisitos que se estipula en el Art.
5° de este reglamento para el caso de las organizaciones sociales.
Art. 12. La Comisión Política del PNP realizará un acercamiento y diálogo con
organizaciones sociales de alcance nacional que tengan bases en las regiones.
Esta tarea deberá ser cumplida por el representante del PNP ante la Coordi-
nadora Política Social.
Art. 13. Las organizaciones sociales participantes en la alianza deberán de firmar
un acuerdo político electoral tal como se detalla en el Art. 7° de este reglamento.
Art. 14. La participación de las organizaciones sociales dentro de la alianza
deberá de ser amplia, buscando incluir a la mayor cantidad y variedad de las
mismas respetando su esencia, fines y objetivos.
Art. 15. Son Intelectuales y personalidades aquellos compatriotas que a lo largo de
su vida han aportado al desarrollo local, regional y nacional, de igual forma existen
personas que con su desprendimiento, su trabajo y conducta intachable, son
estimados y respetados por la población.
Art. 16. La CNR debe iniciar un acercamiento y diálogo con compatriotas con las
características mencionadas en el Art. 14 ° de este reglamento con el objetivo de
incorporarlos al frente político.

Art. 17 Los intelectuales y personalidades de las regiones que deseen integrar la
alianza deben de firmar igualmente una declaración política en la cual se
comprometen a respetar los acuerdos detallados en el Art. 7° de este reglamento.
CAPITULO III
DE LAS CANDIDATURAS
Art. 18. Para ser candidato a cualquiera de las instancias de gobierno regional o
municipal se deberá contar con requisitos indispensables que se estipularan en el
acuerdo político que se firmara con los representantes de las Organizaciones
Políticas y Sociales, intelectuales y personalidades que formaran parte de la
alianza (adjuntamos modelo de acuerdo de alianza)
Art. 19. Cualquier militante nacionalista que cumpla con los requisitos exigidos en
el documento de acuerdo de alianza y sea elegido por las bases podrá participar
en primer término como pre candidato del partido ante la alianza, luego podrá ser
elegido por los integrantes de la alianza y ser candidato al cargo para la cual
postuló. El partido apoyará decididamente su postulación.
CAPITULO IV
DEL USO DEL SIMBOLO DEL PARTIDO NACIONALISTA PERUANO Y
SIMBOLOS Y DENOMINACIÓN PARA EL PROCÉSO ELECCIONARIO
REGIONAL Y MUNICIPAL
Art. 20. El uso de símbolos y denominaciones para las elecciones regionales y
municipales deberán ser concensuadas y aprobadas por los integrantes de la
alianza.
Art. 21. El símbolo de la "0" será de uso exclusivo para el proceso eleccionario
presidencial y congresal.
Art. 22. El símbolo de la "0" estará presente también en la propaganda de la
campaña regional y municipal de la alianza de igual forma en pintas y parafernalia
electoral, por que como hemos indicado, a la par que se lleva a cabo las
elecciones regionales y municipales nuestro partido estará en campaña continua
hacia las presidenciales.

CAPITULO VI
DE LA PARTICIPACION DE OLLANTA HUMALA EN LA CAMPAÑA
ELECTORAL REGIONAL Y MUNICIPAL
Art. 23. Nuestro líder, Cmdte. 011anta Humala Tasso, apoyará decididamente la
campaña de la alianza, esta participación consistirá en su presencia en mítines,
caravanas, presentaciones públicas de toda índole y sobre todo acompañando a
los candidatos de la alianza en las ocasiones requeridas.
San Isidro, a los veinte días del mes de abril de 2009
Daniel Abugattás Majluf
Coordinador
Comisión Nacional de Organización

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